MiFID: directivas de protección al inversor

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La crisis financiera originada en los Estados Unidos con los llamados activos tóxicos, ha despertado el sentido común de que se debe proteger a los inversores y ahorristas, de las experimentadas, analíticas y codiciosas mentes financieras que gobiernan los mercados financieros.

Un inversor que recién se inicia, o un simple ahorrista no conocen muchas veces, de terminología financiera o no posee la experiencia propia que si tiene un agente de inversiones. Todo esto sumado a la falta de educación financiera, hace que gran parte de la sociedad se encuentre bajo las garras de un determinado grupo de personas.

A fin de evitar nuevas crisis derivadas de activos tóxicos, se ha enunciado la Directiva sobre Mercados Instrumentos Financieros, que por su acrónimo en inglés es MiFID (Markets in Financial Instruments Directive).

Si bien la concepción de la MiFID data de varios años atrás, recién se está comenzando a aplicar y ahora las entidades financieras de Europa deben realizar un test de conveniencia a la persona que desee contratar un producto de inversión.

Básicamente en este test de conveniencia, la entidad debe analizar el perfil del inversor y a partir de allí ofrecer productos acorde al mismo. Solo podrán venderle al cliente un producto complejo que está fuera de su rango, al inversor si lo han alertado oportunamente.

Pero esto aún es muy «teórico» y su cumplimiento no se encuentra muy bien estipulado. Por eso es importante que las personas entiendan cuando un producto financiero es complejo o no. Para esto la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha elaborado una simple lista de productos complejos o no complejos.

  • Complejos: son todos aquellos productos financieros que conllevan una dificultad en determinar el riesgo que existe en la inversión. Son considerados productos complejos los derivados, títulos preferentes, productos estructurados, convertibles y otros bonos.
  • No Complejos: son aquellos productos más sencillos y fáciles de comprender por el inversor. Por ejemplo los depósitos bancarios tradicionales, acciones que coticen en mercados regulados, deuda pùblica o privada (con algunos casos de excepción), es decir, los bonos; los derechos de suscripción los fondos de inversión que se encuentren diversificados armoniosamente.

Es importante conocer básicamente este listado y diferenciación para nosotros mismos realizar un análisis de conveniencia y no dejarnos tentar por rentabilidades que superan el promedio, aunque conlleven un grado de riesgo muy superior.

Invertir de acuerdo a nuestro perfil inversor, nos evitará tomar decisiones apresuaradas y equívocas, que ya luego solo nos harán lamentarnos.

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