Novedades para la Declaración de Renta 2008

Declaracion de Renta 2008

Esta semana ha empezado el periodo de dos meses durante el cual se debe presentar la declaración de la Renta correspondiente a 2008. El plazo finalizará el 30 de junio.

En esta campaña la novedad más importante es la eliminación del Impuesto sobre el Patrimonio junto con la deducción de 400 euros, una medida impulsada el año pasado por el Gobierno para incentivar el consumo. Muchos asalariados ya disfrutaron de esta deducción en sus nóminas del año pasado. Otra novedad es una nueva deducción a cargo del alquiler de la vivienda habitual para aquellos que tengan una base imponible inferior a 24.020 euros. El porcentaje a deducir es el 10,05% de las cantidades anuales que se han pagado por alquiler. En ejercicios anteriores el máximo que se podía deducir era de 9.015 euros para los que tenían una base imponible inferior o igual a 12.000 euros anuales.

Este año se ha incorporado que aquéllos que estén entre los 12.000,01 y 24.020€ anuales se deducirán 9.015 euros pero tendran que restar la diferencia entre su base imponible y 12.000 euros y luego multiplicarlo por 0,75. Las diferentes comunidades autónomas pueden incluir deducciones adicionales por el alquiler de la vivienda.

 

El apartado de vivienda es uno de los más importantes. Además de esta novedad también se incluye otra que permite ampliar el habitual plazo de cuatro años para que el saldo de las cuentas vivienda que caducaban este año siga deduciendo hasta el 31 de diciembre de 2010. Los ahorradores podrán esperar un año más para comprar su vivienda habitual y se seguirán beneficiando de la deducción. También se amplía en dos años el plazo para transmitir la primera residencia. Un plazo que antes sólo era de un año.

Por lo demás sigue siendo obligatorio hacer la declaración de la Renta para todos aquellos que ingresen 22.000 euros brutos al año si proceden de un único pagador. En caso de tener varios pagadores (por haber trabajado en dos o tres sitios durante un año, por ejemplo) la obligación es para todos los que hayan percibido más de 11.200 euros anuales. También estan están obligados a declarar los que hayan ingresado más de 1.600 euros en rendimientos íntegros de capital mobiliario (ahorros) y ganancias patrimoniales. Finalmente, aquellos que reciban rentas inmobiliarias procedentes de más de un inmueble urbano del que sean propietarios y que no es su vivienda habitual y todos aquellos que tengan Letras del Tesoro o subvenciones para comprar una vivienda de protección oficial también deben presentar la declaración.

La previsión de la Agencia Tributaria para esta campaña es que realice devoluciones por valor de 12.650 euros a unos quince millones de contribuyentes. Los cálculos de Hacienda estiman que este año se presentarán un 1.6% más de declaraciones, de las cuales unn 80 % seran a devolver con el compromiso de hacerlo antes de principios de agosto.

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