El lado desconocido de las hipotecas en España

En Estados Unidos una persona puede comprar una casa y pedir un préstamo hipotecario a un banco sin problemas. Si con el tiempo surgen dificultades y el propietario no puede hacer frente a sus obligaciones con el banco lo tiene tan fácil como dejar las llaves en la oficina e irse a vivir a una de esas caravanas que vemos en las películas. Sin embargo, en España, el irse a «vivir debajo de un puente» no es tan fácil. Que vas, seguro, pero seguirás debiendo dinero al banco y éste se encargará de cobrártelo. Esta es una medida contemplada por la ley hipotecaria española, una de las leyes que más directamente nos afectan, pero que más desconocemos. ¿Alguien se ha fijado en el significado que tiene la frase «préstamo con garantía hipotecaria»?

Parece que esa modesta preposición, el con, no llama mucho la atención. De hecho esta semana el diario El País, en un artículo recogía en tono crítico la práctica de los bancos en ciertos casos de embargos. Según el artículo los bancos obligan a los clientes con problemas a pagar la diferencia entre el valor de mercado actual y el valor de compra de sus viviendas hipotecadas. Es decir, aquellos que no pueden seguir pagando sus hipotecas, a pesar del embargo y de perder su casa, siguen debiendo dinero. Y es que de hecho, la ley española establece que aquel que solicita el préstamo debe responder por él y que la hipoteca, la vivienda, es sólo una garantía. Si, en el momento de crisis cuando se procede al embargo la casa ha perdido valor y no se vende en subasta por el importe de la deuda, el prestatario debe seguir respondiendo con el patrimonio que tenga hasta que cubra su préstamo.

Este aspecto, ahora sorprende a muchos y hay casos dramáticos que despiertan nuestra solidaridad, pero ¿de quién es la responsabilidad? Evidentemente, de quien firma el préstamo que debería preocuparse de saber lo que firma antes de hacerlo como recoge el Código Civil . Otra cosa, es que en la práctica la gente corriente no vaya con un abogado cogido del brazo a todas partes y que lo ignore. Moralmente podamos pensar que, tanto los banqueros como los notarios, nos lo debieran explicar antes de estampar la firma que nos liga a una de las obligaciones más importantes de nuestra vida.

Esta crisis nos debería enseñar más cultura financiera a los clientes y más transparencia a los profesionales.

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2 comentarios

  1. mucius dice:

    Siento indicarle el profundo desconocimiento que tiene tanto del mundo hipotecario anglosajón como del nuestro. Por partes:
    – Respecto a las hipotecas en norteamérica, es ilustrativo el siguiente artículo:
    http://www.registradores.org/principal/ficheros/noticias/cincodias9mar09.pdf
    Y no hay más que añadir.
    – Respecto a las nuestras, la obligación de los notarios no es moral sino LEGAL, art. 7 Orden Ministerial 5-Mayo-1994; y salvo prueba (judicial, claro, no chismorreo) en contrario, no conozco a ningún notario que no cumpla sus obligaciones de advertencia legal.
    Lo que ocurre (y en eso sí estoy de acuerdo con usted) es que tenemos escasa cultura financiera, no preguntamos lo suficiente, no nos informamos de nuestros derechos y firmamos sin más.
    Para muestra un botón, cuántas revistas, artículos, promociones,, ofertas, consultas y demás no nos hacemos cuando vamos a adquirir, por ejemplo, un automóvil o un televisor, y resulta que cuando compramos una vivienda (200.000, 300.000 €…) no nos fijamos ni tratamos de entender lo que estamos firmando.
    Y luego sí, le echamos la culpa al bando, al notario…
    Muy español.

  2. Pedro dice:

    Vaya amigo mucius hacia mucho tiempo que no leía un comentario tan partidista e interesado como el tuyo!!! Supongo que eres un registrador o un notario, incluso un empleado de banca! Como si no fuera todo una misma cosa. Es tan estrecha la colaboración entre estos colectivos que se confunden y asustan.
    Es curioso como para rebatir un artículo utilizas otro de una parte interesada como los registradores. No crees que hubiera sido un poquito mas lógico poner la ley hipotecaria americana? yo te la pondría, pero sinceramente no tengo ganas de traducirla ahora.
    Pero es que me he leído el articulo y el mismo se contradice asumiendo que aunque la ley sea supuestamente similar a la nuestra no se cumple y no se persigue a la gente como aquí, AQUI SI QUE TE PERSIGUEN HASTA SACARTE LOS OJOS.
    He vivido durante mas de 10 años en Estado Unidos y le puedo asegurar a todo el mundo que cuando no pagas tu casa te la embarga, y mucho mas rápido que aquí por cierto, pero no te persiguen después, ni se quedan una parte de tu nomina, no te quitan el coche, tus acciones, otras propiedades, etc…..
    En cuanto a los notarios, claro que no incumplen la ley, faltaría más. Todos los que nos hemos comprado una casa alguna vez lo sabemos, te leen a que ley estas sujeto pero no te la explican. En la mayoría de los casos te dan los contratos en la notaria sin tiempo práctico para leerlos. Acaso la gente sabe como se hace el calculo para pagar las cuotas? saben que después de pagar la mitad de las cuotas apenas habrán pagado un tercio de su casa? pero sin embargo la formula si que aparece y el notario la lee, pero no la explica.
    Ves mucius no eres el único informado y no intentes manipular a la gente si eres parte.

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