La hipoteca inversa, qué es y cómo se contrata

hipoteca inversa

La hipoteca inversa surgió hace unos años como un medio de dotar a las personas mayores de 64 años de una renta complementaria a su pensión, con la garantía de su propio piso pero sin perder la propiedad del mismo y pudiendo disponer de su uso en todo momento.

España es uno de los países europeos donde se dan los mejores condicionantes para la contratación de este tipo de productos. Somos uno de los países que más abogamos por la propiedad, sobre todo, antiguamente. Además, tenemos una de las pensionas más bajas, en media, de la Unión Europea. Y por último, algunos estudios han estimado que la población española será, hacia el 2050, el país más viejo de Europa, con un 35,7% de la población superando los 65 años. Actualmente, son ya 7.200.000 personas las que superan los 65 años, y más del 85% de ellas tienen un piso en propiedad, y con una pensión media de 700 euros. Difícilmente, con esos niveles de vida, en el que además deben afrontar gastos de luz, agua, etc. pueden tener una vida digna en esos años después de la jubilación.

Con la idea de ayudarle en esos años, se ideó esta fórmula, la hipoteca inversa, como una forma de obtener un dinero complementario que le permita subsistir dignamente.

Pero ¿cuáles son las características que hay que señalar de esta hipoteca inversa?:

  • La hipoteca inversa se contrata por un tiempo determinado previamente, que generalmente suele oscilar entre 10 y 20 años.
  • Se pacta un interés fijo, aunque éste suele ser negociable.
  • La cantidad percibida estará en función de la tasación del piso, de la edad y sexo del solicitante y la forma de recibir el dinero
  • La propiedad del piso sigue de forma única en manos del mayor y serán los herederos quienes reciban el piso y la deuda contraída.

Una vez vistas las características principales, paso a  explicar todo el proceso con más detalle.

Generalmente, la hipoteca inversa se ofrece para mayores de 70 años y hasta los 92 años, aunque este plazo se suele ampliar a los mayores de 65 años. Éstos ofrecen su propiedad como garantía; el piso se tasa y se pacta un plazo durante el cual el propietario estará cobrando ese dinero. Al acabar el plazo, si el anciano sigue vivo, sólo podrá seguir cobrando la renta si ha contratado un seguro de renta vitalicia. En caso de no seguir vivo y haber fallecido antes del tiempo acordado, son los herederos los que se hacen cargo de la deuda.

Estos herederos, en este caso, podrán optar bien por pagar la deuda directamente o renegociarla, o bien vender el piso y con la venta hacer frente a la cantidad adeudada.

No obstante, también es posible contratar un seguro de renta vitalicia. Ésto se hace con el fin de cubrir la eventualidad de que se llegue al plazo establecido, y el anciano siga vivo. Al tener el seguro contratado se asegura de seguir cobrando la renta hasta el momento de su fallecimiento. El problema que presenta este seguro es que suele ser muy caro, y a veces, alcanza hasta el 1% del valor de la tasación de la vivienda, que habrá de pagarse al contratarse o bien incluirlo en la hipoteca inversa con lo que se cobraría menos de renta cada mes.

¿Cómo cobrar la renta? el mayor de 64 años puede optar por cobrar todo el dinero de golpe o bien hacerlo en forma de renta que se le irá abonando cada mes hasta que llegue el plazo (si no tiene seguro) o hasta su fallecimiento (si tiene seguro).

¿Qué ocurre al llegar al final del plazo pactado? como hemos dicho, se pueden dar las siguientes opciones:

  • No tiene seguro, se acaba el plazo pactado y el mayor sigue vivo: no podrá seguir cobrando la renta.
  • Tiene seguro y se acaba el plazo pactado con el Banco: no ocurre nada pues es la compañía de seguro la que sigue pagando.
  • Tras el fallecimiento del propietario o el último de los beneficiarios: son los herederos los que hacen frente a la deuda vendiendo el piso o pagando la deuda.

En un artículo próximo desgranaremos algunas consideraciones que hay que tener en cuenta a la hora de considerar la contratación de una hipoteca inversa.

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1 comentario

  1. muy buen artículo. todo muy bien explicado. como supongo que sabrás, Caixa Sabadell es de las pocas entidades españolas que ofrece este producto (le llama Pensión Vivienda). por si te sirve de utilidad para ese próximo artículo, en la firma te dejo un enlace al site del producto, con bastante información sobre el tema y un simulador.

    saludos!

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