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Recientemente el Gobierno nos ha vuelto a sorprender con una medida económica cuando menos, conflictiva. La Administración permitirá que los titulares de planes de pensiones puedan rescatar sus ahorros de ellos, parcial o totalmente, si se lleva 6 meses consecutivos en el paro. Con esta modificación que se está preparando, el plazo bajará, por lo tanto, de los 12 meses actuales a 6 meses.
Esta nueva medida que pretende hacer frente a la crisis pretende aliviar un poco la situación económica tan difícil que están pasando algunas familias y que tienen una parte de su ahorro metidas en este tipo de productos financieros. Hay que tener en cuenta que, actualmente, un 32,5% de la población activa mantiene un fondo de pensiones, por lo que la medida podría afectar a una importante cantidad de ahorro.
Además, las modificaciones van a contemplar una novedad, y es que el pago anticipado de las prestaciones correspondientes al rescate de esos planes no sólo podrá producirse cuando sea el titular del mismo el que esté en paro, sino que alcanzará a a su cónyuge, ascendientes y descendientes en primer grado cuando acrediten esa misma situación de paro de 6 meses consecutivos.
Hemos de tener en cuenta, que salvo la excepción de los 12 meses por paro, y por motivo de enfermedad grave, actualmente, la legislación estipula que los planes de pensiones sólo pueden rescatarse cuando se ha producido la jubilación del titular.
Por otro lado, y para acreditar la situación de paro, hay que estar, lógicamente, dado de alta como demandante de empleo.
Pero, como decíamos al principio, la medida ha generado fuertes controversias. Esta modificación puede suponer una fuerte salida de dinero de estos productos. Las entidades financieras podrían verse obligadas a hacer frente a una disminución de patrimonio en un momento como el actual en que tan castigadas están. Además, hemos de recordar que ya el año pasado, por primera vez en su historia, el patrimonio que se gestionó en estos planes de pensiones disminuyó de forma importante, tanto por las caídas de las bolsas mundiales, como por la caída de la confianza de los ahorradores que ingresaron menos ahorros.
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Hola
Comentario por Manuel BonillaMe gustaria que me contestara si le es posible.
Intento rescatar de un plan de pensiones mediante una renta financiera mensual.
Llevo mas de 12 meses desempleado y actualmente cobro la prestacion por ayuda familiar.
Me dice mi banco que debo presentar un documento del INEM que acredite que no cobro prestacion alguna.
La pregunta es:
cobrar esta prestacion impide el rescate del plan
Siento no poner los signos de interrogacion. No me esta funcionando el teclado
En espera de su respuesta, reciba un cordial saludo
Manuel
21-05-2009 @ 1:58
Hola, Manuel:
Pues si no me equivoco, sí, lo impide. De hecho, incluso, hasta hace unos tres meses los que estaban en paro tenían que estar en esa situación al menos 12 meses para recuperar las cantidades invertidas en los planes. Sin embargo, ahora, se pueden recuperar inmediatamente siempre, eso sí, que no se esté cobrando ninguna prestación.
Sólo se puede recuperar el dinero cuando deje de cobrarse la prestación.
Un saludo
Javier.
Comentario por admin21-05-2009 @ 8:23
Gracias Javier!
Veré como me las arreglo.
Sólo pretendo tener un complemento a los 420 euros de la ayuda familiar.
Hablaré con el banco a ver si puedo rescatar mensualmente “a las bravas” (sin cumplir requisitos como jubilación, invalidez, desempleo, …) unos 250 euros; supongo que tendré penalizaciones.
Espero que los políticos entiendan alguna vez, que el desempleo puede ser visto como una situación de jubilación transitoria.
Le reitero mi agradecimiento, y reciba un cordial saludo.
Manuel
Comentario por Manuel Bonilla21-05-2009 @ 12:06
Gracias y suerte, Manuel. Espero que puedas llegar a un acuerdo con el Banco.
Un saludo
Comentario por Javier Gomez22-05-2009 @ 13:24
Hola Javier!
La última noticia que me da el banco es que si la prestación que se percibe es no contributiva, se puede rescatar el plan. Lo que yo estoy cobrando es el Subsidio, que se percibe después de haber agotado la prestación contributiva por desempleo.
Esta prestación en la misma página web del INEM la califica como de nivel Asistencial; es lo que se conoce como Ayuda Familiar para las personas menores de 45 años con cargas familiares, y no tiene ningún tipo de retención fiscal.
Lo que si que me dicen es que por motivo de paro de larga duración sólo se puede hacer un rescate a lo largo de toda la vida, con lo que creo que me viene mejor la opción de una pequeña renta financiera mensual. Y parece ser que si te incorporas a la vida laboral puedes continuar con el rescate hasta agotar todo el capital.
En fin, que el lunes espero presentar los documentos que me solicitan referentes a mi situación laboral; ya te contaré si he tenido éxito.
Recibe un cordial saludo.
Comentario por Manuel Bonilla23-05-2009 @ 16:36
por favor si podrias informarme si llevando doce meses en el paro y quiero rescatarlo que documentacion tengo que aportar,debido a que les he llevado un certificado como que llevo mas de doce meses en el paro, otro de que no cobro prestacion alguna,la vida laboral, un informe de la vida laboral y ahora despues de quince dias me piden un certificado de la ultima empresa por el motivo del despido eso es logico, gracias–la compañia es catalana occidente
Comentario por carlos javier03-07-2009 @ 23:34
Hola, Manuel:
Espero que hayas tenido suerte y finalmente lo hayas conseguido.
Un saludo.
Comentario por Javier Gómez04-07-2009 @ 19:25
Hola Carlos Javier:
Lo único que se me ocurre que pueda ser el motivo por el que te pidan el justificante del motivo de despido sea por alguna cláusula de tu plan de pensiones. Mira, el artículo 9 del RD 304/2004 donde se regula los rescates excepcionales, te dice literalmente:
Artículo 9. Supuestos excepcionales de liquidez.
1. Excepcionalmente, los derechos consolidados en los planes de pensiones podrán hacerse efectivos en su totalidad o en parte en los supuestos de enfermedad grave o desempleo de larga duración de acuerdo con lo previsto en este artículo, siempre que lo contemplen expresamente las especificaciones del plan de pensiones y con las condiciones y limitaciones que éstas establezcan
Si te fijas, hace mención expresa a que el plan deba permitir rescatarlo según las condiciones que firmárais.
Un saludo.
Comentario por Javier Gómez04-07-2009 @ 19:27
y si tienes suspension de pagos puedes cobrarlo
Comentario por jevc28-10-2009 @ 20:12
Hola Javier,
Comentario por Toñiyo ya estoy rescatando mi plan de pensiones puesto que llevo más de un año en desempleo y no percibo ningún subsidio por desempleo. Mi pregunta es si, tal y como prometió Zapareto, seria posible rescatar también el plan de pensiones de mi marido siendo la causa mi situación de desempleo por tanto tiempo.
Un saludo y muchas gracias.
04-11-2009 @ 13:58
Hola .
Comentario por arseniEstoy jubilado desde el 31 de septiembre y tengo que recuperar unos planes de pensiones.
Cual es la manera mas rentable y que repercuta menos en la declaracion de renta del proximo año.
gracias arseni
09-11-2009 @ 12:28
Hola Arseni:
El modo en que menos lo notarás de cara a tu próxima declaración de renta será recuperarlo en forma de rentas, porque hacerlo en forma de capital te supondrá un fuerte desembolso de cara a Hacienda.
Lo aportado hasta el 31 de diciembre de 2006 tiene un descuento fiscal del 40%, mientras que lo posterior no lleva descuento. Además, se te aplicarán retenciones, y sea como sea, tendrás que declararlos como ingresos.
Un saludo.
Comentario por admin10-11-2009 @ 9:04
Hola Toñi:
Teóricamente y tal y como recoge las modificaciones, siempre que acredites tu situación de paro por más de 6 meses, y tu relación con el titular del plan de pensiones, sí deberías poder retirarlo.
Un saludo
Comentario por admin10-11-2009 @ 9:07
Hola, Jevc:
De momento, la suspensión de pagos no es una situación que se contemple a la hora de rescatar un plan de jubilación anticipadamente.
Estas modificaciones afectan a las situaciones de desempleo.
Un saludo
Comentario por admin10-11-2009 @ 9:11
Hola, tenía un plan de pensiones de empleo con mi empresa y al quedar en desempleo por un ERE decidí traspasar el plan a otro de La Caixa. Al realizar el traspaso se me informó de las anotaciones hechas , el valor del punto, etc. Pero he hechado de menos que La Caixa me diera , como parte de la documentación, el REGLAMENTO del plan de pensiones. ¿Debe de tener un Reglamento por cada plan de pensiones? ¿Si es así, me lo deberían de haber ofrecido sin yo pedírselo?
Comentario por PedroGracias y un saludo
19-11-2009 @ 14:23
BUENAS TARDES;HACE DOS MESES ME DIERON LA INCAPACIDAD ABSOLUTA,Y HE IDO AL BANCO PARA RESCATAR EL PLAN DE PENSIONES Y ME DICEN QUE NO SE PUEDE RESCATAR PORQUE YO YA TENIA UNA PENSION PERMANENTE TOTAL ANTERIOR EL PLAN LO HICE EN EL AÑO 2000 Y LA INCAPCIDAD PERMANENTE TOTAL LA TENIA DESDE EL 1998 Y HE ESTADO TRABAJANDO EN LA ONCE HASTA OCTUBRE DEL 2009 HASTA QUE ME HAN INCAPACITADO POR ACCIDENTE LABORAL CON LA ABSOLUTA ME PODRIAN DECIR SI ESTO ES ASI O NO.GRACIAS
Comentario por MANUEL24-11-2009 @ 20:36
Hola, Manuel:
Te pongo aquí lo que dice la legislación, en su artículo 7 del Reglamento de Planes de Pensiones:
“Artículo 7. Contingencias.
Las contingencias susceptibles de cobertura en un plan de pensiones podrán ser:
…
b. Incapacidad permanente total para la profesión habitual, absoluta para todo trabajo, y gran invalidez.
Para la determinación de estas situaciones se estará a lo previsto en el régimen de la Seguridad Social correspondiente… ”
En tu caso, y por lo que me cuentas, se cumple uno de los supuestos claros de rescate de planes de pensiones. No obstante, si te fijas, matizan que tienes que adecuarte a lo que digan en la Seguridad Social, por lo que te recomiendo que preguntes en ésta y les expongas tu problema.
Un saludo.
Comentario por admin25-11-2009 @ 8:49
Hola, Pedro:
El Banco tiene la obligación de informarte sobre tu plan de pensiones en concreto, el que has contratado, pero no tienen que darte el Reglamento General de Planes de Pensiones.
Un saludo
Comentario por admin25-11-2009 @ 8:51
Hola de nuevo,en mi comentario anterior me olvidé de haceros una segunda pregunta, y es : al traspasar completamente mi plan de pensiones a otro plan (enero 2008) , en mi caso a uno de la Caixa, ¿perderé la bonificación del 40 por ciento de las aportaciones realizadas antes del 31-12-2006 ? Lo digo porque al hacer el traspaso total desde mi viejo Plan al nuevo , lo que consta en el nuevo es una única aportacion (la del traspaso total) por el monto total de lo que tenia en el viejo plan. Muchas gracias por la respuesta.
Comentario por Pedro28-11-2009 @ 10:10
Hola me gustaría saber que tipo de renta mensual ,de por vida me quedaría con un fondo de pensiones de 230000€
La edad para empezar a cobrar la pensión sería 63 años.
Si la retrasara hasta los 64,que variación habria y si fuera a los 65
Gracias.
Comentario por Jose Juan04-12-2009 @ 13:53
Hola, José Juan:
Eso donde te lo tendrían que informar es en la propia entidad bancaria donde hayas contratado el fondo de pensiones, o donde vayas a contratarlo, porque todo depende del tipo de fondo, de las condiciones que te hayan puesto, etc.
Saludos
Javier
Comentario por admin04-12-2009 @ 16:20
mi madre pasa problemas economicos y no ha trabajado nunca, pero se ha apuntado al para y no cobra nada ademas de ser demandante de empleo, al presentar la vida laboral le dice la entidad que no se lo pueden dar por que no ha trabajado nunca,la ley no habla de si has trabajado o no.
Comentario por javier07-12-2009 @ 13:37
¿que tratamiento fiscal, y si es posible hacer esto, tendría lo que voy a exponer:? Sería tener por ejemplo diez planes de pensiones diferentes o iguales, en la misma entidad o en otras distintas, y dividir todo el importe que tengo en un solo plan de pensiones en diez, luego seguiria aportando en todos ellos de manera que la cantidad final no fuese muy elevada en el momento de la jubilación.
Comentario por MiguelPosteriormente rescataría cada año uno de ellos con lo que mi declaración de renta no se vería fuertemente aumentada, como pasaría si sólo tuviera un solo plan, y así conseguir que hacienda no me cruja a impuestos
10-12-2009 @ 23:23
ah se me olvidaba, si solo tengo un plan de pensiones y lo rescato como renta vitalicia, ¿como se calcula esa renta y si fallezco antes de la fecha calculada para su finalizacion que pasa con el resto del plan? ¿es heredable o se pierde? Espero respuestas, gracias por anticipado
Comentario por Miguel11-12-2009 @ 0:21
Hola Miguel:
Efectivamente puedes tener varios planes de pensiones y recuperarlos en forma de capital a razón de uno por año. Es un buen modo de evitar pagar impuestos por todos de golpe en un sólo ejercicio.
Un saludo
Comentario por admin18-12-2009 @ 9:33
buenas de nuevo, Miguel:
En cuanto a los beneficiarios, recuerda que hay dos formas de rescate en cuanto a la renta vitalicia: la clásica es la renta financiera en la que en el momento de decidir el cobro puedes designar un 2º beneficiario en caso de que a tí te sucediera algo.
También está la renta asegurada, y en esa sí que puedes optar entre la renta no reversible (no hay beneficiarios) o bien reversible, en la que eliges quién pueda ser ese segundo beneficiario.
Un saludo
Comentario por admin18-12-2009 @ 9:38
Hola:
Comentario por VicenteEl año que viene me quiero jubilar a los 60 años y quiero rescatar mi plan de pensiones,que se tiene que pagar a Hacienda, gracias
31-12-2009 @ 12:53
Hola, Vicente:
Depende de cómo lo rescates y de cuándo hicieras las aportaciones.
- Si lo rescatas en forma de renta, tributarás por ellos al 100% y debe aplicársele una retención.
- Si lo rescatas de forma íntegra, entonces lo ingresado antes del 1.1.2007 se le aplica una reducción del 40%. El resto iría al tipo general al que suelas tributar. Si está ingresado después de esa fecha, entonces tributas por el 100% y al tipo general.
De todos modos, en éste mismo artículo tienes un enlace hacia un post titulado: “Fiscalidad de los planes de pensiones donde se te pueden aclarar muchas dudas.
Un saludo
Comentario por admin02-01-2010 @ 23:45
que tiempo hay para rescatar un plan de pensiones una vez jubilado
Comentario por roque09-01-2010 @ 21:15
hola mi pregunta es tengo un fondo de pensiones que asciende ahora mismo a 14000 euros pero necesito recuperarlos ya soy pensionista los querria de una sola vez cuanto me repercutiria en hacienda si mi preja gana 1300 euros mes y mi pension es de 366 euros
Comentario por inma01-02-2010 @ 2:29
Hola, Irma:
En un comentario anterior he puesto cómo repercute fiscalmente el rescate de un plan de pensiones, pues depende de la forma en que lo rescates. Te aconsejo que leas el artículo “Fiscalidad de los planes de pensiones” cuyo enlace está dentro del mismo artículo.
En líneas generales, ten en cuenta que si lo rescatas íntegramente, a lo ingresado antes del 1.1.07 se le debe aplicar una reducción del 40%, mientras que el resto va al tipo general al que tributes habitualmente.
Un saludo
Comentario por admin01-02-2010 @ 9:20
Hola: El banco amenaza con un embargo por atraso en unas hipotecas, les he dicho que se cobren de mi plan de pensiones, y dicen que no es posible. ¿como es posible, que no sea posible?
Comentario por Asun04-02-2010 @ 12:40
Hola, Asun:
Se basan en una decisión del Constitucional que declaró inembargable los planes de pensiones hasta tanto no se produzca el rescate de los mismos. Es en ese momento, cuando adquieres el derecho sobre los fondos y cuando legalmente se puede ir contra ellos.
Un saludo
Comentario por admin05-02-2010 @ 8:37
Hola,
mi madre se acaba de jubilar y no ha cotizado lo suficiente para tener derecho a una pensión contributiva. Tiene un plan de pensiones que cobra en forma de renta. ¿Tiene derecho a pensión no contributiva mientras está cobrando el plan de pensiones?
Comentario por DavidGracias.
07-02-2010 @ 11:12
Hola David:
El cobro del plan de pensiones no debería afectar en el cobro de una pensión no contributiva.
Saludos
Comentario por Javier27-02-2010 @ 14:44
Mi consulta es:
Comentario por MariaHace dos años que estoy desempleada y quiero rescatar plan de pensiones, que es de 4700€.
¿Cual es el porcentaje de retencion?
Lo tengo de antes de 2006
16-03-2010 @ 10:56
Hola, mi consulta es parecida a la anterior de María. Al igual que ella , tengo un plan de pensiones con alrededor de 4.500€ ( anterior al 2007) y próximamente agotaré el subsidio de desempleo y por lo que se comenta podré rescatar mis ahorros, pero ruego se me aconseje en la forma de hacerlo, ya que al tratarse de tan poco dinero, me preocupa que retención me hará Hacienda y no sé si además el banco cuenta con alguna comisión interna por el rescate.
Comentario por AnaGracias anticipadas
16-04-2010 @ 19:32
tengo dos planes de pensiones, uno en B.santander de 65000.-euros y otro en banco pastor de 20.000.-euros.
Comentario por alfonsoEl del B.santander esta todo aportado antes del 31-12-2006 y lo del b.pastor no.
Quiero saber si saco en forma de capital en distintos años el dinero del B.santander, todas las veces que lo saque tiene la exención del 40%, y que es lo mejor
21-04-2010 @ 10:15
Hola, María:
Si te refieres a la retención que se te practica por cada retirada de dinero, ésta será del 19% sobre la base, que en este caso la constituye las ganancias que hayas tenido con el plan.
Un saludo
Comentario por admin23-04-2010 @ 7:22
Hola, Ana:
Al igual que a María te comento que la retención que te practicará el Banco por cuenta de Hacienda será del 19% sobre las ganancias que hayas tenido, tomada ésta como la diferencia entre el valor de rescate y el valor de las aportaciones.
En cuanto a las comisiones que puedas tener, eso ya deberías consultarlo con el propio Banco.
Para saber qué forma de retirar el dinero te viene mejor, deberías hacer una simulación de tu declaración de Renta para saber cuál será tu base imponible. Ten cuenta que lo que tributa es la ganancia, no el dinero que retires, de modo que sobre 4.500 €, si lo retiras completo, no creo que te suponga un salto muy grande en tu declaración.
Un saludo
Comentario por admin23-04-2010 @ 7:25
Hola, Alfonso:
La reducción del 40% es sobre TODAS las aportaciones realizadas hasta el 31.12.2006
Saludos
Comentario por admin23-04-2010 @ 7:28
Hola, le estaría muy agradecido si pudiera contestarme a las preguntas sobre el siguiente supuesto:
Comentario por José MaríaVoy a solicitar la jubilación anticipada a los 63 años ¿podría contratar un plan de pensiones un par de semanas antes de solicitar la jubilación anticipada?, en el caso de que su respuesta fuese afirmativa, ¿podría seguir ingresando cantidades en dicho plan de pensiones después de que se me hubiese concedido la jubilación anticipada a los 63 años y continuar ingresando hasta los 65 años? y por último, ¿podría rescatar mi plan de pensiones al cumplir los 65 años, es decir, dos años después de que se me concediera la jubilación anticipada, incluidas las cantidades aportadas después de que se me concediera dicha jubilación?
Le doy las gracias anticipadas/José María
10-05-2010 @ 17:14
Hola, José María:
Es que lo primero que tendrías que hacer es plantearte la lógica de abrir un plan de pensiones en este momento, ya que realmente la rentabilidad que le sacarás será practicamente nula, y habría productos que te darían bastante más. Los planes de pensiones están pensados como productos de ahorro a muy largo plazo.
Si abres un plan dos años de jubilarte, lo que luego podrás rescatar será basicamente lo mismo que hayas ingresado en él.
Un saludo
Comentario por admin10-05-2010 @ 17:23
Gracias por su pronta respuesta, aunque no me contesta a ninguna de mis tres preguntas. El tema no es lo que le pueda sacar en dos años, sino lo que puedo evitar de pagar ya que voy a tener unos sobreingresos en 24 meses, aunque pertenecen a tres ejercicios fiscales y el único producto financiero que desgrava es un plan de pensiones, pero necesito saber lo que le preguntaba anteriormente.
Comentario por José MaríaGracias/José María
10-05-2010 @ 18:55
Hola, tengo una tia que tiene un plan de pensiones y se jubilo en enero de 2010. Ella lo quiere rescatar en forma de capital, lo que queria saber es que porcentaje se le aplicaria al dinero metio en el plan de pensiones a partir del del año 2007, y al dinero metio antes del 2007 siendo ella de la comunidad de castilla y leon. Gracias
Comentario por Alberto11-05-2010 @ 15:14
Tengo un fondo de pensiones de 60.000 euros, y una minusvalía superior al 33% y menor al 65&
Quisiera el rescate en cobro de rentas mensuales.
Tiene desgravación al tener desde hace dos años una minusvalía, declarada a Hacienda, modelo 145 por la empresa en que trabajaba.
Comentario por Bartolomé14-06-2010 @ 21:23
hola a todos los miembros del foro.
Comentario por miguel angeleh leido en algun ccomentario sobre las condiciones de rescate del plan pensiones para parados de larga duracion .
la ley se modifico en 2008 segun creo y se hizo para q por motivos de la crisis se pudiera rescatar los ahorros por parte de la comunidad de parados de larga duracion y aliviar un poco su dificil situacion economica.pues bien concretamente el que este cobrando subsidio de desempleo no afecta ya que esta prestacion es no contributiva al ser exactamente de tipo existencial y por lo mismo al no ser contributiva no es impedimento para el rescate de dicho plan de pensiones lo que dice la ley es que no se puede cobrar prestacion contributiva osea pa que nos entendamos lo que es el cobro del desempleo .
una persona que este cobrando el subsidio (ayuda familiar) puede segun los terminos de la ley pedir el rescate de su plan de pensiones siempre que cumpla con los demas requisitos legales como son estar inscrito en el servicio andaluz de empleo(en andalucia) llevar mas de un año en condicion de desempleo ( creo que se redujo a 6 meses) y no cobrar prestacion contributiva.yo estuve un par de dias revando informacion sobre las prestaciones contributivas y no contributivas .que quede claro que el subsidio de desempleo (ayuda familiar 425 euros) no es contributiva .
el banco tendra que buscar otra escusa no aceptamos pulpo como animal de compañia. saludos a todos y suerte.
28-06-2010 @ 8:17
Estoy cobrando el subisido por mayor de 52 años (426 euros) y me dicen que no puedo rescatar un plan de pensiones, por que consideran esa prestacion contributiva, es verda?,
Comentario por JuanGracias, espero sus repuesta.
07-07-2010 @ 11:47
Hola me gustaria que me contestaras lo mas pronto posible, gracias de ante mano, en junio termine de cobrar paro y quiero rescatar mi plan de pensiones que tengo 3000 euros, pero no me gustaria que al año que viene me tocara pagar hacienda, lo saco todo ? o lo saco poco a poco? gracias
Comentario por Marta07-07-2010 @ 20:10