El aval bancario y el alquiler de vivienda

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Tiempos de crisis, tiempos de desconfianzas. Desgraciadamente es una paridad que siempre se cumple, y es que cuando falta el dinero, cuando el paro crece, cuando cada vez es más difícil afrontar las deudas, también más complicado es que los bancos se fíen y te den un préstamo o que, como en el caso que nos ocupa, quien nos quiera alquilar una vivienda se fíe de que le pagaremos en el futuro. Por eso es cada vez más habitual no solamente el pedir referencias o nóminas para ver la estabilidad de los ingresos, sino que incluso, los arrendadores, piden un aval bancario.

De este modo, el arrendador se asegura el pago de las mensualidades que se avalan en caso de que el arrendatario deje de pagar. Este documento se pide complementando a la fianza que habitualmente se suele pedir en el caso de los alquileres.

Para formalizar el aval, el futuro alquilado debe dirigirse a su banco y pedir un contrato de aval con el que el banco se comprometa a pagar cuando éste no haga frente a la deuda. Evidentemente, el banco, a cambio, pedirá al inquilino unas responsabilidades y compromisos, generalmente, mediante la pignoración de algún activo. Es decir, el alquilado deberá tener en el banco algo retenido, como efectivo, acciones, etc. que garantice al banco que podrá cobrar su deuda en caso de que se ejecute el aval.

Dado que esta figura técnica está proliferando cada vez más, el Gobierno tuvo a bien contemplarla a través de la renta de Emancipación en la que se incluye una ayuda de 120 € en caso de tener que formalizar un aval bancario. Sin embargo, hay que tener en cuenta que, por Ley, lo único realmente exigible por parte de quien alquila es una fianza equivalente a, al menos, un mes de mensualidad, fianza que habrá de depositarse en el Registro de Fianzas.

Sea como fuere, el más beneficiado es, sin duda, el arrendador ya que se asegura cobrar todas sus mensualidades aún cuando el alquilado le deje de pagar, pues sería el banco avalista quien le pagara en caso contrario.

Dado que los gastos de formalizar un aval bancario sol exageradamente altos, y puesto que tampoco es obligatorio por Ley pedir un aval, siempre podemos intentar hablar con el arrendador y llegar a un acuerdo. Por lo general, pillar dinero en efectivo siempre es un buen motivo para ceder un poco, por lo que podríamos intentar dejarle algún dinero más en fianza, y en vez de depositar una o dos mensualidades, dejarle algún mes más, con lo que el que alquila tendrá más dinero contante y sonante en sus manos.

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