 Al finalizar el año fiscal, los inversores y ahorradores buscan los mejores sistemas de desgravación para, en la Declaración de Renta del año siguiente, pagar lo menos posible a Hacienda. Los planes de pensiones son una de las mejores herramientas existentes para conseguir esa rebaja en la factura fiscal. Por eso, es tan importante conocer la fiscalidad de los planes de pensiones, pues hemos de ajustar lo máximo las cantidades a aportar al fondo para obtener la máxima rentabilidad fiscal. APORTACIONES Las aportaciones que se hacen a un plan de pensiones sirven para reducir la base imponible del IRPF, por lo que obtendremos una reducción equivalente al tipo por el que tributamos esa base, de modo que el máximo ahorro fiscal que se puede obtener puede llegar hasta el 45% en el País Vasco. De todos modos, hay que tener en cuenta que hay unos límites que no podemos superar: El límite máximo reducible será el menor de uno de estos dos, teniendo en cuenta siempre que la base imponible nunca puede ser negativa: - el total de las aportaciones realizadas en el año fiscal
- el 30% de la suma de rendimientos netos del trabajo y económicas recibidos durante el año fiscal. Para mayores de 50 años, este límite es del 50%.
El límite máximo que se puede aportar a un plan de pensiones es de 10.000 € hasta 50 años, y de 12.500 € para mayores de esa edad. En el caso de aportaciones realizadas a favor del cónyuge, el máximo permitido es de 2.000 € si éste no tiene rendimientos netos que se puedan incluir en la base general o son menores de 8.000 €. En el caso de minusválidos, estas aportaciones máximas suben hasta 24.250 €. Las terceras personas podrán hacer aportaciones a minusválidos hasta un límite máximo de 10.000 € que se incluirán dentro del límite anteriormente mencionado de los 24.250 €. RESCATE DEL PLAN - En forma de renta: éstas se considerarán como rendimientos netos y por lo tanto, tributan al 100% de lo percibido. Habrá que aplicarle a estas rentas la correspondiente retención a cuenta del IRPF. - En forma de capital: a las aportaciones realizadas hasta el 31.12.2006 se les aplica una reducción del 40% siempre que la primera aportación realizada tenga una antigüedad superior a 2 años, antigüedad que no es necesaria en caso de minusvalía. El resto se añade a la base imponible general. Respecto a las aportaciones hechas desde el 1.1.2007 en adelante, éstas tributan al 100% y se añaden a la base imponible general. También al rescate realizado en forma de capital se le aplica la retención a cuenta del IRPF. |
[...] Fiscalidad de los planes de pensiones Leer más sobre: Noticias, Planes de Pensiones Artículos relacionados: [...]
pingback por El rescate de los planes de pensiones, modificaciones10-11-2009 @ 09:02
El día 13.02.2010 he llegado a la jubilación. Y tengo dos planes de pensiones: unos 70 mil euros en B.Sabadell, y unos 12 mil en BSCH.
Quiero hacer dos cosas: primero agrupar los dos planes, y después disponer del total dinero de una sola vez.Sin embargo, hay diferencias entre las entidades:
* Un banco, BSCH, me dice que le traiga el otro plan, y que una vez rcibido el traspaso, puedo disponer de la totalidad del saldo, SIN RETENCIÓN (prestación en forma de capital).* Y sin embargo el otro me dice lo contrario: en el momento de disponer:
1) El 40% queda exento.2) Y sobre el restante 60% es NECESARIO REALIZAR RETENCIÓN.
Y ya no sé qué hacer ni qué pensar.Alguna resolución o sentencia al respecto.
Comentario por juanjo campo05-03-2010 @ 21:11
Hola, Juanjo:
El cobro de un plan de pensiones siempre lleva retenciones a cuenta del IRPF, de modo que ten cuidado con la información que te dan en cada banco.
Saludos
Comentario por admin09-03-2010 @ 08:42
El dia 30 de junio me jubilo. tengo un Plan de P. en La Caixa de unos 17 mil €. Quiero cobrarlos de una vez y dejarlo en casa. Pueden ponerme alguna pega para cobrarlo?
Muchas graciasMiquel
Comentario por Miquel Castillejo Brull07-05-2010 @ 11:49
Hola, Miquel:
No, no deben ponerte ningún tipo de problemas ya que tú puedes escoger el modo de rescatarlo.
Un saludo
Comentario por admin09-05-2010 @ 22:30
por jubilacion el plan de pensiones que tenia lo rescate de la caixa en forma de una sola vez, me retuvieron 9650E de 72000E que subia y ahora que hago la correspondiente declaracion de hacienda me reclaman mas de 5000E mas a mas de la retencion que se hizo en su dia;explico que la mayor parte del total que rescate (37000E aprox.)fue para rebajar la hipoteca que tengo con esta caja, ya que jubilado se pondria delicado el pago que estaba realizando antes.¿ES ESTO NORMAL? SALUDOS.
Comentario por juanjose jimenez16-06-2010 @ 10:25
Me he jubilado recientemente y quiero rescatar un Plan de Pensiones de 24000 € que tengo con Caja Madrid. Mi pregunta es: Qué me interesa más fiscalmente, rescatarlo de una sola vez, o en rentas? Muchas Gracia
Comentario por Ángeles LL22-12-2010 @ 16:56
en Mayo del 2010 presenté al CAT mi expediente, junto a la sentencia que me otorgaron por juicio en 2004, de Invalidez Permanente y Absoluta. Me dijeron que para que ellos me dieran su % de invalidez, para rescatar mi plan de pensiones, había una lista de espera de 1 año. Hoy, 25 Enero 2011, me han dicho que serán 2 años. Necesito urgentemente este dinero para seguir donde vivo de alquiler y para arreglarme la boca, que debido a la medicación que tomo me voy a quedar sin dientes y muelas.Se puede hacer otro trámite paralelo para conseguir MI plan de pensiones en estos momentos ?¿
gracias anticipadas y saludos Comentario por Divina Creus25-01-2011 @ 19:13
como puedo pagar menos a hacienda al recuperar un plan de pensiones individual ?
Comentario por aitor01-03-2011 @ 16:30
Hola buenos días, En Junio de 2010 traspase mi plan de pensiones de empleo (la empresa aportaba cada año una cantidad)a un PPA de Sta Lucia, he accedido a mi jubilación con 61 Años, y he necesitado rescatar mi Maxiplan garantizado que en la poliza indica que por rescate anticipado percibo 64.014 €, me ingresan 43533 €, no han tenido en cuenta la deducción del 40% es esto legal, y ademas no lo han calculado con los 64.014 € sino con 62.300, me podeis orientar.
Saludos
Francisco Jimenezfjc54@telefonica.net
Comentario por Francisco Jimenez Cantador23-05-2011 @ 09:07
Me he jubilado por la ley logse de funcionarios de la enseñanza. Me han dado una indemnización de 15000 € en este año y tengo un plan de pensiones por valor de 14000 € ¿Me interesa rescatarlo este año o mejor cuando fiscalmente pague la indemnización? En caso de rescatar el plan ¿cómo me interesa más fiscalmente?
Comentario por francisco16-11-2011 @ 17:10
rESCATO UN PLAN DE PENSIONES DE 40000 EUROS, QUE CANTIDAD DE IRPF ME TIENE QUE RETENER EL BANCO.
Comentario por ESTEBAN27-04-2012 @ 11:17