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Una vez explicado lo que es una lista de morosos y la importancia que tiene para nosotros no aparecer en una de ellas (recordemos que las Entidades Financieras investigarán antes de nada si aparecemos en alguna de ellas cuando solicitemos algún crédito o préstamo, y si estamos, lo más probable -por no decir seguro- es que ni se planteen estudiar nuestra solicitud), intentaremos hacer ver los motivos por los que podemos entrar en esas listas y cómo salir de esas listas de morosos fatídicas.

- ¿Cómo entramos en esas listas de morosos?

Vamos a hacer un pequeño recordatorio. Entraremos en las listas por cualquier impago ocurrido dentro de los últimos 6 años. en cualquier caso se nos puede meter en ellas a partir del cuarto mes desde el vencimiento del impago. Eso sí, siempre es obligatorio notificar al deudor en un plazo de 30 días de que se la ha incluido en ese ránking.

Por lo general, las Entidades Financieras suelen notificarlo varias veces antes de llevarlo a cabo. En los primeros 20 días después del impago, suelen dirigirse al cliente “amablemente” para pedirles y recordarles que se les ha pasado el vencimiento. Si aún así, el cliente sigue sin pagar la deuda, entonces dan un paso más, recordando las comisiones que lleva el impago de la deuda mediante un escrito más formal, y finalmente es a los 90 días cuando estas Entidades empiezan a tomar las primeras medidas ya más serias y amenazantes. La vía judicial suele tomarse a partir de los 6 meses.


- ¿Cómo salir de las listas de morosos?

Desgraciadamente es más difícil de lo que parece borrar las huellas de nuestro paso por esas listas, y también para nuestra desgracia, basta haber tenido un fugaz paso por una de esas listas, aún cuando hayamos cancelado la deuda para que nos quedemos “marcados” a la hora de solicitar un nuevo préstamo.

en primer lugar, para salir de esa lista de morosos, hay que acreditar el haber cancelado la deuda, y para ello deberá adjuntar, junto con la solicitud de que lo saquen de la lista, un documento acreditativo del pago de la deuda y su cancelación total, así como una fotocopia del DNI. Esta solicitud podrá presentarla ante el responsable de la lista o bien ante la Entidad a la que le debía el dinero, para que ésta se lo gestione (por cuestión de tranquilidad y seguridad, recomiendo que se haga directamente con la entidad responsable de la lista).

Una vez presentada la solicitud, en el plazo de 10 días, deberán comunicar al deudor que se le ha sacado de la lista. Si pasa ese plazo y no hemos recibido notificación alguna, deberemos reclamar a la Agencia Española de Protección de Datos, presentando toda la documentación necesaria que acredite que habíamos solicitado la exclusión de las listas de morosos.

En caso de ser perjudicados por la tardanza en la exclusión, tenemos derecho a pedir una indemnización ante la misma Agencia de Protección de Datos y contra la Entidad que gestione la lista. Lo haremos por la vía ordinaria y cuantificando los costes que nos ha supuesto tal error.

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